Subvención al trabajo autónomo
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Subvención al trabajo autónomo
Para facilitar la constitución de desempleados en trabajadores autónomos o por cuenta propia se habilitan unas subvenciones para promover la reducción del coste de financiación bancaria, la formación y la asistencia técnica. La cuantía máxima será de 10.000 euros según las características del emprendedor y deberá mantener su actividad y cotización durante al menos 3 años.
Beneficiarios:
Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo cuando se establezcan como trabajadores autónomos.
Cuantía de la subvención:
Según las características del futuro trabajador autónomo, ya sea:
Desempleados en general.
Jóvenes desempleados de 30 o menos años.
Mujeres desempleadas.
Desempleados con discapacidad.
El máximo de esta subvención será de 10.000 euros.
Destino de la subvención:
Las subvenciones se podrán aplicar a estos tres propósitos:
Subvención financiera: Reducción de hasta 4 puntos del interés fijado por la entidad de crédito que concede el préstamo destinado a financiar las inversiones para la creación y puesta en marcha de la empresa. Máximo de 10.000 euros.
Subvención para asistencia técnica:Financiación parcial de la contratación externa de servicios necesarios para mejorar el desarrollo de la actividad empresarial, estudios de viabilidad, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análoga. Máximo de 2.000 euros.
Subvención para formación: Financiación parcial de cursos relacionados con la dirección y gestión empresarial y nuevas tecnologías de la información y comunicación, a fin de cubrir necesidades de formación del autónomo, durante la puesta en marcha de la empresa. Máximo de 3.000 euros.
Link recomendado:
Apartado web del Servicio Público de Empleo Estatal.
Vía Emprende
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